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- Garantizar una buena gestión: El nuevo Reglamento Interno de la Fundación ONCE
- Velar por una actuación íntegra de la organización: el Código Ético de Conducta
Gobierno Corporativo
Para la Fundación ONCE y el Grupo Fundosa, las prácticas de buen gobierno garantizan una gestión alineada con la misión y los objetivos a largo plazo de las organizaciones, así como la eficacia y la transparencia en el funcionamiento de los órganos de gobierno.
Asimismo, el desarrollo de la actividad de la Fundación ONCE y el Grupo Fundosa exige una correcta gestión de los recursos para maximizar el impacto de los programas de actuación que hace especialmente relevante la rendición cuentas.
Líneas estratégicas
- Garantizar una buena gestión: El nuevo Reglamento Interno de la Fundación ONCE.
- Velar por una actuación íntegra de la organización: el Código Ético de Conducta.
Hitos 2012
- Actualización del Reglamento Interno de Fundación la ONCE.
- Análisis de los órganos de gobierno de la Fundación ONCE y el Grupo Fundosa y elaboración de recomendaciones por parte de un experto independiente.
- Cero incidencias registradas en relación al Código Ético durante 2012.
- Elaboración del mapa de riesgos en el ámbito de la responsabilidad jurídica y elaboración de un procedimiento para la prevención de delitos.
- Bajo el criterio de la eficiencia, integración de las áreas jurídicas de la Fundación ONCE, el Grupo Fundosa y CEOSA.
Garantizar una buena gestión: El nuevo Reglamento Interno de la Fundación ONCE
Junto con los Estatutos, el Reglamento Interno constituye la norma básica por la que se rige la Fundación ONCE, estableciéndose en los mismos sus reglas de gobierno, financiación y funcionamiento en base a los principios de buen gobierno, transparencia y excelencia, y los criterios de calidad, eficacia y eficiencia, entre otros.
Aprobado por el Patronato de la fundación ONCE el pasado 29 de octubre de 2012, el nuevo Reglamento, modifica los apartados del ámbito económico, conforme a los siguientes criterios:
- Adaptar el Reglamento a la nueva normativa tanto interna como externa:
- Los Principios Generales de Funcionamiento Económico-Financiero de la ONCE y su Fundación.
- REAL DECRETO 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.
- REAL DECRETO 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.
- Instrumentar procedimientos de control y análisis, para determinar la entrada y permanencia de la Fundación en los órganos de gobierno de entidades no mercantiles.
- Simplificar y adecuar a la realidad los procedimientos y controles del Plan de Actuación, en particular, lo relativo a las modificaciones presupuestarias. En este sentido, se aumenta el límite de la cuantía establecida en la anterior redacción de las atribuciones económicas que se confieren al Comité Directivo, pasando de 12.000 euros a 24.000 euros, en lo que respecta a la resolución de los expedientes.

El nuevo Reglamento Interno, que establece el sistema de gobierno corporativo de la Fundación ONCE, supone un ejercicio de autorregulación que va más allá de la legislación en el ámbito de las entidades del Tercer Sector

El nuevo reglamento interno de Fundación ONCE es una herramienta exhaustiva que regula con anticipación y transparencia los órganos de gobierno y sus sistemas de control, evitando la discrecionalidad de los mismos.
Los aspectos más destacados regulados por el Reglamento Interno de Fundación ONCE son:
Estructura de gobierno sólida y flexible
Órganos de gobierno
Máximo órgano de gobierno y representación de la Fundación ONCE, del que dependen jerárquicamente los órganos de gestión. El Patronato está integrado por 43 patronos que representan además de a la propia ONCE como entidad fundadora, a las principales organizaciones de personas con discapacidad de España.
El Patronato resuelve los expedientes que han de tramitarse para el desarrollo de cualquier actividad no lucrativa dirigida al cumplimiento de los fines institucionales, y que implique la asignación de recursos económicos del Plan de Actuación de la Fundación, cuando la cuantía solicitada rebase la cantidad de 1.500.000 euros.
Adicionalmente, el Patronato podrá crear cuantas comisiones de trabajo considere convenientes, con la composición y funciones que le asigne en cada caso.
Órgano de gobierno y representación de la Fundación jerárquicamente subordinado al Patronato, que por delegación ostenta todas las facultades del Patronato salvo las que legal o estatutariamente sean indelegables.
La Comisión Permanente resuelve los expedientes que han de tramitarse para el desarrollo de cualquier actividad no lucrativa dirigida al cumplimiento de los fines institucionales, y que implique la asignación de recursos económicos del Plan de Actuación de la Fundación, cuando la cuantía solicitada rebase la cantidad de 24.000 euros y hasta la suma de 1.500.000 euros.
A las sesiones del Patronato y la Comisión Permanente podrán asistir, con voz y sin voto, cuantos directivos de la Fundación ONCE y Grupo Fundosa sean invitados en función del asunto a tratar, así como aquellas otras personas que convinieran por razón de la materia.
Órganos de gestión
Órgano de máxima representación de la Fundación, pudiendo para ello celebrar toda clase de actos, contratos y convenios.
Por acuerdo del Patronato, la Presidencia podrá asumir funciones ejecutivas, en cuyo caso ostentará la máxima responsabilidad ejecutiva sobre los órganos de gestión de la Fundación.
Responsable de la representación, dirección, gestión y administración de la Fundación, y a estos efectos ostenta la dirección y coordinación de todos los órganos de gestión de la Fundación.
Para el desarrollo de sus funciones se le otorgarán, las facultades y apoderamientos precisos.
Responsable de la dirección de la gestión ordinaria de la Fundación, en todas las materias en las que ésta desarrolla su actividad, y a estos efectos se le podrán otorgar cuantas facultades y apoderamientos se estimen precisos para el desarrollo de sus funciones.
Órgano de dirección, gestión, administración y asesoramiento de la Fundación, subordinado al Vicepresidente/a Primero/a Ejecutivo/a y al Director/a General.
El Comité Directivo delibera y decide sobre materias cuya trascendencia hace conveniente una valoración conjunta.
Comité de Retribuciones
Órgano colegiado de gestión, dependiente del Patronato, encargado de fijar las condiciones económicas y de cualquier otra índole, que han de regir en todo lo que se refiere al desempeño de cargos directivos en el ámbito de la Fundación ONCE y el Grupo Fundosa, debiendo velar por el cumplimiento de los criterios y directrices que, sobre esta materia, sean establecidos por el Patronato y el Fundador.
Como está establecido en el Reglamento, todos los responsables ejecutivos deben actuar con criterios de racionalidad, profesionalidad y eficacia, de conformidad con los fines esenciales de la Fundación, con los preceptos estatutarios y reglamentarios, con arreglo a los mandatos del Patronato y de sus órganos subordinados, y con observancia de los principios contenidos en el Código Ético de Conducta de la ONCE y su Fundación.
Para la adecuada gestión de la Fundación y con objeto de atender aspectos específicos de su actividad existen, con subordinación a los órganos de gestión, otros órganos directivos de apoyo a la gestión.
Contratación de bienes y servicios
Para la contratación de bienes y servicios, el Reglamento determina que deberán observarse las reglas y procedimientos que, en cada caso, se estimen adecuados, a fin de garantizar que los contratos se suscriben en las condiciones más favorables para la Fundación.
En cualquier caso, el procedimiento de contratación de bienes y servicios estará inspirado en los principios de transparencia, concurrencia de ofertas y publicidad.
La selección de contratistas deberá garantizar que éstos actúan con arreglo a las normas jurídicas aplicables, debiendo ser un factor especialmente valorable que las entidades contratistas posean un sistema de gestión basado en principios propios de la responsabilidad social empresarial que además se trate de empresas y organizaciones que, de manera directa o indirecta, promuevan el empleo de personas con discapacidad y/o la Accesibilidad Universal y el Diseño para Todos.
Actividades no lucrativas de la Fundación ONCE
El desarrollo de cualquier actividad no lucrativa dirigida al cumplimiento de los fines institucionales, y que implique la asignación de recursos económicos del Plan de Actuación de la Fundación, requerirá la apertura de un expediente. La tramitación del mismo tiene como principal función la de valorar y resolver acerca de la idoneidad de las solicitudes y propuestas que se formulen, con objeto de garantizar el efectivo cumplimiento de la finalidad institucional de la Fundación ONCE.
El Comité de Asignación de Proyectos es el órgano encargado de resolver la tramitación del expediente a través de la admisión y asignación al programa/s presupuestario/s que corresponda.
Los principales criterios de valoración tomados en consideración para la resolución de expedientes son la identificación con los objetivos sociales que persigue la Fundación ONCE, el impacto social del proyecto y el equilibrio presupuestario, entre otras.
Respecto a la resolución del expediente, ésta se realizará, con carácter general, por el Comité Directivo de la Fundación en aquellos supuestos en los que la cuantía solicitada en el expediente no supere la cantidad de 24.000 euros. Cuando se trate de solicitudes y peticiones de ayuda en las que la cuantía solicitada rebase la cantidad de 24.000 euros y no exceda de 1.500.000 euros, será la Comisión Permanente quien tendrá competencia para resolver sobre la propuesta presentada. De 1.500.000 euros en adelante corresponderá al Patronato resolver el expediente propuesto.
Actividades mercantiles e industriales e incorporación a entidades no mercantiles
El Reglamento reconoce como un medio eficaz para el cumplimiento de sus fines, la participación de la Fundación en sociedades mercantiles, principalmente por medio de Fundosa Grupo, S.A.
En este sentido, la Fundación ONCE sólo puede participar en aquellas sociedades mercantiles que, por su objeto social y la actividad, puedan contribuir al cumplimiento de los fines fundacionales, siempre y cuando la Fundación no deba responder personalmente de las deudas sociales.
Cuando Fundación ONCE ostenta la condición de socio, directo o indirecto, en sociedades mercantiles, debe promover los procedimientos de control y verificación aplicables en materia de Fundaciones, a fin de garantizar que, en todo caso, dicha participación en sociedades mercantiles contribuye eficazmente al cumplimiento de los fines fundacionales. Asimismo, la Fundación impulsará el establecimiento de sistemas de gestión socialmente responsables.
Adicionalmente, el Reglamento Interno establece como medio para el cumplimiento de los fines fundacionales la incorporación de la Fundación a entidades no mercantiles, para lo cual requiere la autorización del Patronato.
En este caso, al igual que en las sociedades mercantiles, se exige la promoción de los procedimientos de control, verificación, así como el establecimiento de sistemas de gestión socialmente responsables.
Inversiones financieras a corto plazo
Con la finalidad de rentabilizar los excedentes de tesorería, que en su momento pudiera tener la Fundación, se realizarán inversiones financieras a corto plazo.
Los criterios para la realización de las inversiones financieras a corto plazo son, en primer lugar, la total seguridad de las inversiones y en segundo lugar la mayor liquidez de las mismas, realizándose siempre en activos liquidables en cualquier momento, o a plazos no superiores al mes, y que correspondan a deuda pública o estén garantizados. Una vez conseguidos los objetivos anteriores, Fundación ONCE se regirá por el criterio de rentabilidad de las inversiones.
El movimiento de las cuentas de inversiones financieras a corto plazo requiere siempre la firma de al menos dos personas, una de ellas de los máximos niveles ejecutivos de la Fundación, que, en todo caso, deberán estar apoderadas formalmente al efecto a través de la correspondiente atribución de facultades. Asimismo, ante inversiones en acciones cotizables en bolsa se precisará autorización previa del Patronato y quedan totalmente prohibidas las inversiones que respondan a un uso meramente especulativo de los recursos financieros, entre otras.
Por último, cabe destacar que, tomando como marco el Código de Conducta de las Entidades sin Ánimo de Lucro para la Realización de Inversiones Financieras Temporales, la Fundación ONCE realiza anualmente un informe sobre el grado de cumplimiento del mismo.
Endeudamiento y Fondo de Estabilidad Patrimonial
La Fundación ONCE puede suscribir operaciones bancarias de crédito, así como constituir garantías en operaciones efectuadas por terceros para el cumplimiento de los fines y actividades propias de la Fundación, siempre que cuente con la aprobación previa del Comité Directivo. No obstante, en casos de urgencia, podrá resolver el/la Vicepresidente/a Primero/a Ejecutivo/a, dando cuenta al Comité Directivo de la decisión adoptada.
En cualquier caso, el importe total de endeudamiento bancario suscrito por la Fundación ONCE se encuentra siempre dentro de los límites establecidos por la normativa interna de la organización.
Adicionalmente, a fin de disponer de fondos que posibiliten hacer frente a situaciones excepcionales y de emergencia, Fundación ONCE y Fundosa Grupo, S.A., mantendrá en su activo un fondo de estabilidad patrimonial a través de inversiones financieras o inmuebles, por un importe mínimo determinado con referencia al balance consolidado de la Fundación ONCE del ejercicio anterior.
La inversión del fondo de estabilidad patrimonial se realiza bajo los principios de seguridad, liquidez y rentabilidad, aplicables a las inversiones a corto plazo y todos los rendimientos y plusvalías obtenidos quedan reinvertidos en el fondo.
Organigrama de la Fundación ONCE
Organigrama de la Fundación ONCE. El puesto máximo lo ocupa el Presidente, bajo el que está el Vicepresidente 1º Ejecutivo. Por debajo de éste se sitúa el Director General, que tiene como “Staff” de apoyo al Dpto. de Auditoría Interna.
- Del Director General surgen dos ramas: de una de ellas cuelgan las:
- Dirección de RR.HH. , Comercial y de Medidas Alternativas
- Dirección del Área de RR.HH.
- Dirección de Relaciones Sociales, Internacionales y Planes Estratégicos.
- Dirección del Área de Servicios Jurídicos
- Dirección del Área Económica- Financiera, Presupuestaria y Fiscal
- Dirección del Área de Recursos Generales
- Del Director General surge otra rama, de la que cuelgan:
- Dirección de Accesibilidad Universal
- Dirección de Empleo, Formación y Proyectos
- Dirección de Cooperación
Organigrama del Grupo Fundosa
Organigrama del Grupo Fundosa: En la cúspide está el Presidente Ejecutivo, del que depende directamente el Consejero Delegado. Éste tiene como “Staff de Apoyo” al Departamento de Auditoría Interna.
- Del Consejero Delegado surgen tres ramas: de una de ellas cuelgan:
- Con idéntica dependencia funcional, se sitúan por una parte:
- Dirección de RR.HH., Comercial y de Medidas Alternativas
- Dirección del Área de RR.HH.
- Dirección de Relaciones Sociales, Internacionales y Planes Estratégicos.
- Dirección del Área de Servicios Jurídicos
- Dirección del Área Económica- Financiera, Presupuestaria y Fiscal
- Dirección del Área de Recursos Generales
- Y por otra:
- Dirección de Empresas Participadas
- Dirección de Control de Gestión
- Entre estas y el Consejero Delegado se encuentra la Dirección Corporativa de Alianzas Sinergias y RSC
Velar por una actuación íntegra de la organización: el Código Ético de Conducta
La Fundación ONCE, el Grupo Fundosa y CEOSA rigen su comportamiento por el "Código Ético de Conducta para Directivos, Mandos Intermedios y otros Responsables de Gestión sin rango Directivo de la ONCE y su Fundación", actualizado en 2011 por el Consejo General de la ONCE.
Durante 2012 no se han registrado incidencias relacionadas con incumplimientos del Código Ético de Conducta.

El Código Ético de Conducta contempla once valores: Comunicación, Solidaridad, Confidencialidad, Equidad, Confianza, Honestidad, Humildad, Respeto, Compromiso, Profesionalidad y Responsabilidad.
A finales del mes de abril de 2012, se incorporó en el portal HOOP SOCIAL de la Fundación ONCE, Grupo Fundosa y CEOSA la información relativa al contenido del Código Ético de Conducta para Directivos, Mandos Intermedios y Responsables de Gestión sin rango directivo, las medidas para su implantación y el documento de compromiso y suscripción. Esta iniciativa permite que la información sea accesible para toda la plantilla y constituye una de las medidas de convergencia entre Grupo Fundosa y CEOSA.
Personalia ha programado para 2012 el desarrollo de espacios de reflexión ética en todos sus centros, promovidos y guiados por un Comité de Ética Intercentros, que tiene como objetivo la elaboración de un manual propio de buenas prácticas.
Garantía del cumplimiento
El Comité de Ética de la ONCE y su Fundación, apoyado por el Subcomité de Ética, tiene como misión velar por el cumplimiento del Código Ético de Conducta y promover medidas para su implantación y desarrollo. Este Comité está presidido por el presidente de la ONCE, y cuenta entre sus miembros con representantes del primer nivel de la organización.
El canal ético contempla un buzón de sugerencias de acceso general al que todos los empleados pueden remitir propuestas de mejoras en materia de ética, así como aquellas incidencias identificadas. Las denuncias deben ser nominativas y estar motivadas, y la gestión de las mismas corresponde al Subcomité de Ética, que garantiza la confidencialidad y la no utilización de estas denuncias para otros fines. Ante incumplimientos reiterados del Código Ético por parte de una persona, el Subcomité de Ética puede proponer a los órganos correspondientes el cese de la misma.